Animales agresores Madrid. ¿Sábes qué hacer si tu perro muerde a otro perro? ¿y si muerde a una persona?
Mi perro ha mordido, ¿qué tengo que hacer?
Cuando nuestro perro ataca a otro perro o también a una persona, las autoridades tienen que valorar el nivel de agresividad del animal y el riesgo de que vuelva a hacer lo mismo. También se incluyen las actuaciones que se realizan para el control antirrábico, así como la valoración del riesgo que el animal implicado supone para la seguridad de su entorno.
El propietario del animal agresor tiene obligación de trasladarlo, en un plazo máximo de 72 horas a partir de la fecha de la agresión, al Centro de Control Zoosanitario del Ayuntamiento de Madrid, donde transcurrirá el
período de observación.
- Los animales que hayan causado lesiones a una persona o a otro animal, así como los sospechosos de tal circunstancia ó de padecer rabia, se someterán a control veterinario municipal durante 14 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de la agresión.
- El propietario del animal agresor tiene obligación de trasladarlo, en un plazo máximo de 72 horas a partir de la fecha de la agresión, al Centro de Control Zoosanitario del Ayuntamiento de Madrid, donde transcurrirá el período de observación.
- Transcurridas las 72 horas sin que se hubiera producido dicho traslado, la autoridad municipal podrá adoptar las medidas oportunas tendentes a llevar a efecto el internamiento del animal, así como para exigir las responsabilidades a que hubiere lugar.
Proceso de valoración animales agresores Madrid
En Madrid las actuaciones comprenden dos valoraciones:
- La observación antirrábica propiamente dicha que consiste en descartar la presencia de signos de enfermedad de la rabia en el animal (debe realizarse dentro de los veinte días desde la fecha de agresión) y en realizar la pertinente comprobación de la documentación sanitaria.
- La segunda valoración se refiere al grado de agresividad y riesgo de ese animal a tenor de los datos del episodio agresivo y del examen del propio animal.
Cómo se hace la valoración del animal agresor
- Traslado del animal agresor al Centro de Protección Animal.
- Comprobación del microchip de identificación del animal, y verificación de su documentación sanitaria.
- Comprobación del estado sanitario del animal y valoración de agresividad y riesgo.
- Observación del animal en las instalaciones del Centro de Protección Animal, o en el propio domicilio, en función de la documentación del animal aportada y de la valoración del/de la técnico/a veterinario/a.
- Emisión del informe preliminar de riesgo y agresividad.
- Alta del animal tras la observación y en caso de que proceda, paso a calificación como potencialmente peligroso, o establecimiento de medidas adicionales para la prevención de futuras agresiones.
Destinatarios
Animales agresores Madrid
- Propietarios de animales que hayan causado lesiones a personas o animales dentro o fuera de la Ciudad de Madrid, siempre que residan en este municipio.
- Personas que hayan sido mordidas por animales silvestres o de dueño desconocido y que puedan hacer entrega del animal agresor.
Importe
- Tasa por observación en el Centro de Protección Animal: 53,43 euros.
- Tasa por observación a domicilio: 61,28 euros.
Requisitos
- Ser mayor de edad.
- Aportar el DNI.
- Ir acompañado del animal agresor, así como de su cartilla sanitaria y documento de identificación si dispusiera de ellos.
- Plazo máximo para el traslado de 72 horas a partir de la fecha de agresión, previa concertación de cita.
Como realizar el trámite.
- Presencialmente: en el Centro de Protección Animal. Es obligatorio solicitar cita previa, llamando al 915 082 645.
Documentación a presentar
- Cartilla sanitaria del animal (solo perros, gatos y hurones).
- DNI o pasaporte del/de la propietario/a o en su defecto autorización por escrito del/de la propietario/a al/a la compareciente.
- Licencia de Tenencia de animal potencialmente peligroso y certificado de inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos (sólo en el caso de animales calificados como tales en el Real Decreto 287/2002 que desarrolla la Ley 50/99 sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente peligrosos).
- Seguro de responsabilidad civil (solo perros).
Datos de contacto
- Teléfono: 915 082 645
Animales agresores Madrid